5 Diferencias Entre El Título VII Y La Sección 1981 Que Pueden Ayudar A Su Caso De Discriminación Racial en El Empleo

Lunes, 12 de Junio de 2017

Dos leyes federales importantes protegen a los empleados de la discriminación racial: El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (Título VII) y 42 U. S. C. 1981 (artículo 1981). Los tribunales a menudo analizan las demandas legales bajo estas dos leyes de una manera muy similar, si no idéntica, y el mismo conjunto de hechos se puede perseguir bajo ambas leyes simultáneamente.

El Congreso y la Corte Suprema, sin embargo, han dejado claro que, si bien estos dos estatutos son similares, siguen siendo causas de acción separadas y distintas. Por lo tanto, es importante saber cómo las diferencias entre el Título VII y la Sección 1981 pueden ayudar, o potencialmente hundir, su caso.

Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964

Los Estados Unidos El Departamento de Justicia proporciona el siguiente resumen útil del Título VII:

El Título VII declara ilegal discriminar a alguien por motivos de raza, color, origen nacional, sexo (incluido el embarazo y la identidad de género) o religión. La Ley también establece que es ilegal tomar represalias contra una persona porque la persona se quejó de discriminación, presentó un cargo de discriminación o participó en una investigación o demanda por discriminación en el empleo.

El Título VII prohíbe no solo la discriminación intencional, sino también las prácticas que tienen el efecto de discriminar a las personas por su raza, color, origen nacional, religión o sexo.

La sección 1981

Originalmente incluida como parte de la Ley de Derechos Civiles de 1866, la Sección 1981(a) establece en la parte pertinente:

Todas las personas dentro de la jurisdicción de los Estados Unidos tendrán el mismo derecho en todos los Estados y Territorios para hacer y hacer cumplir contratos, demandar, ser partes, dar pruebas, y al beneficio total e igual de todas las leyes y procedimientos para la seguridad de las personas y la propiedad que disfrutan los ciudadanos blancos, y estarán sujetos a castigos, penas, multas, impuestos, licencias y exacciones de todo tipo, y a ningún otro

En un nivel más amplio, ambas leyes prohíben la discriminación en el empleo por motivos de raza. Pero existen cinco diferencias clave entre estas dos leyes relacionadas que pueden hacer o deshacer su caso.

Diferencia # 1: El Título VII, pero no la Sección 1981, prohíbe la discriminación por impacto dispar

El Título VII prohíbe la discriminación intencional basada en el género, la raza, el origen nacional y otras características protegidas durante el proceso de contratación. Pero el Título VII también prohíbe el uso de prácticas de contratación que sean neutrales a primera vista (como las pruebas escritas), que tienen un resultado discriminatorio: excluyen desproporcionadamente a las mujeres, los afroamericanos y otras clases de solicitantes protegidos.

Bajo la teoría del impacto dispar, incluso si el empleador no tenía la intención de que una práctica de empleo excluyera a grupos protegidos, si la práctica en última instancia tiene el efecto de rechazar a un número excesivo de solicitantes calificados, por ejemplo, mujeres o afroamericanos, el uso de la práctica podría violar el Título VII.

La sección 1981, por otro lado, prohíbe solo la discriminación intencional.

Por lo tanto, si su caso implica una reclamación de impacto dispar que impugna, por ejemplo, una prueba de empleo o un sistema de compensación, esa reclamación puede llevarse a cabo de conformidad con el Título VII, pero no con la Sección 1981.

Diferencia # 2: La Sección 1981 no requiere que se presente un cargo de la EEOC

Para presentar una demanda de Título VII en el tribunal, un empleado debe haber agotado sus recursos administrativos al presentar un cargo de discriminación ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Y dependiendo del estado en el que viva el empleado, el período de tiempo puede ser de 180 o 300 días para presentar el cargo si el empleado trabaja en el sector privado. Se aplican diferentes procedimientos y períodos de tiempo si el empleado trabaja para el gobierno federal, estatal o local.

La sección 1981, sin embargo, no requiere que un empleado presente una denuncia de discriminación ante la EEOC. Esta distinción es particularmente importante si el empleado no ha cumplido el plazo para presentar una denuncia de discriminación por la EEOC porque el empleado todavía puede presentar una reclamación en virtud del artículo 1981.

Diferencia # 3: La Sección 1981 tiene un plazo de prescripción más largo que el Título VII

Como se señaló anteriormente, el plazo para presentar un cargo de discriminación de la EEOC puede ser de hasta 300 días, dependiendo de dónde viva y de si pertenece al sector público o privado. El sitio web de la EEOC tiene información útil sobre qué plazo puede aplicarse a su reclamación. Además, una demanda de Título VII generalmente se debe presentar dentro de los 90 días posteriores a la recepción del Aviso del Derecho de la EEOC a Demandar.

Las reclamaciones presentadas bajo la Sección 1981, aunque tienen un estatuto de limitaciones significativamente más largo para presentar una demanda. De hecho, un empleado puede presentar una solicitud de la Sección 1981 dentro de los cuatro años siguientes a la violación. Jones v. R. R. Donnelley & Sons Co., 541 U. S. 369 (2004).

Diferencia # 4: La Sección 1981 no tiene ningún límite en daños

Si un empleado gana su caso de discriminación en el empleo del Título VII, se aplicará un límite en la cantidad de daños que el jurado puede otorgar. Bajo el Título VII, lo máximo que un empleado puede recibir por daños compensatorios (para compensar por angustia emocional y gastos de bolsillo por tratamiento médico) y daños punitivos (diseñados para castigar a un empleador por discriminación particularmente maliciosa o imprudente) es de 3 300,000. Otras formas de indemnización monetaria, incluidos los pagos atrasados y anticipados, también están disponibles en virtud del Título VII y no están sujetas a un límite máximo.

Por el contrario, no existe un límite a los daños pecuniarios para una demanda entablada en virtud del artículo 1981.

Diferencia # 5: La sección 1981 se aplica solo a la discriminación racial, mientras que el Título VII abarca más clases de personas

La sección 1981 proporciona varios beneficios adicionales que no figuran en el Título VII, pero en al menos un área–el alcance de las clases protegidas–El Título VII ofrece una cobertura más amplia.

El artículo 1981 abarca la discriminación basada únicamente en la raza o el origen étnico.

El título VII abarca la discriminación basada no solo en la raza y el origen étnico de un empleado, sino también, por ejemplo, en el género y la religión.

Puntero de práctica: hacer valer las reclamaciones de origen nacional con arreglo a la Sección 1981

Una cuestión pendiente sobre la relación entre las reclamaciones de la Sección 1981 y las del Título VII es si la sección 1981 abarca la discriminación por origen nacional, lo que claramente hace el Título VII.

Un caso de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Octavo Circuito, Torgerson v. City of Rochester, 643 F. 3d 1031 (8th Cir. 2011), sostuvo que el artículo 1981 no abarca la discriminación basada únicamente en el origen nacional. Este y otros fallos federales, véase, por ejemplo, Nadesan c. Citizens Financial Group, 673 Fed.Appx. 47, 49 (2d Cir. 2016), destacan la necesidad de identificar cuidadosamente el fundamento de la discriminación alegada.

En Torgerson, el demandante alegó que había sido objeto de discriminación «por su origen nacional. El 8º Circuito señaló que el artículo 1981 protege a «clases identificables de personas que son objeto de discriminación intencional únicamente por su ascendencia o características étnicas».» Id. en 1052 (citando a San Francisco Coll. v.Al–Khazraji, 481 U. S. 604, 613 (1987)).

Por ejemplo, si un individuo es » objeto de discriminación intencional basada en el hecho de que nació árabe, y no únicamente en el lugar o la nación de su origen will habrá presentado un caso bajo el § 1981.» Id. a las 10.53 (se omiten las citas).

Por lo tanto, el caso Torgerson sostiene que el artículo 1981 no autoriza las reclamaciones de discriminación basadas en el origen nacional. Id. La demanda de Torgerson, que nunca enmendó para incluir la discriminación racial, decía solamente: «El demandado ha discriminado contra el demandante en la formación de un contrato de trabajo sobre la base de su origen nacional, en violación de 42 U. S. C. § 1981.» Id. Como tal, el tribunal desestimó su demanda en virtud del artículo 1981.

Resultado final: si desea presentar una demanda por discriminación relacionada con su origen nacional de conformidad con la Sección 1981, es importante dejar claro en la demanda y durante el litigio del caso que la discriminación también se relaciona con su raza, ascendencia o características étnicas.

Comida para llevar

  • Si su caso implica una reclamación de impacto dispar, debe presentarse bajo el Título VII en lugar de la Sección 1981;

  • No necesita presentar un cargo de discriminación de la EEOC en una demanda de la Sección 1981, ;

  • El plazo de prescripción para una queja de la Sección 1981 es de 4 años, mientras que la fecha límite para presentar un cargo de discriminación de la EEOC en una demanda de Título VII es de menos de un año (la fecha límite exacta varía según el tipo de empleador y el estado en el que trabaja);

  • No existe un límite en los daños monetarios en un caso de la Sección 1981, pero el máximo de daños compensatorios y punitivos que se pueden otorgar en un caso individual de Título VII es de 3 300,000;

  • Si su reclamo implica discriminación basada en una característica protegida distinta de la raza (por ejemplo, género o religión), es probable que la Sección 1981 no se aplique, aunque el Título VII seguiría siendo una opción; y

  • Si presenta un reclamo por discriminación por origen nacional bajo la Sección 1981, los tribunales pueden requerir un vínculo claro que demuestre que la discriminación reclamada estaba vinculada a su raza, ascendencia o características étnicas

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