Agua gris
Agua gris significa aguas residuales domésticas no tratadas que no han entrado en contacto con los residuos de los retretes e incluye aguas residuales de bañeras, duchas, lavabos, lavadoras de ropa y bañeras de lavandería, pero no incluye aguas residuales de fregaderos de cocina o lavavajillas ni agua de lavandería del lavado de materiales sucios con excrementos humanos, como pañales.
Guía de Aguas Grises de Nuevo México (Folleto Imprimible)
Regulaciones de Aguas Grises para Nuevo México – Ver Secciones 809 y 810 de 20.7.3 NMAC
Historia de las Aguas Grises en Nuevo México
La Legislatura de 2003 aprobó el Proyecto de Ley 114 de la Cámara de Representantes, codificado como 74-6-2 y 74-6-4 NMSA 1978, que estableció condiciones para que hasta 250 galones por día de aguas grises residenciales el agua se puede utilizar para jardinería doméstica, compostaje o riego de jardines sin permiso.
En consecuencia, NMED emitió Directrices de Riego de Aguas Grises y propuso enmiendas a las Regulaciones de Eliminación de Desechos Líquidos (20.7.3 NMAC) que son consistentes con la intención legislativa del Proyecto de Ley 114 de la Cámara de Representantes.
Las enmiendas propuestas se discutieron en una reunión pública el 19 de noviembre de 2003.
La reunión pública resultó en una Estipulación para Apoyar las enmiendas propuestas que fueron firmadas por NMED, el Departamento de Salud de N. M., el Grupo del Norte de Nuevo México del Sierra Club, el Comité de Conservación de Agua de Santa Fe y la Asociación de Agua Rural de Nuevo México. Además, los productores de leche de Nuevo México presentaron una carta en apoyo de las enmiendas.
Una Audiencia pública ante el N. M. El 16 de diciembre de 2003 se celebró la Junta de Mejora Ambiental (BEI) para examinar estas enmiendas. El BEI adoptó todas las enmiendas recomendadas por las partes estipuladoras, y agregó una prohibición de descargar materiales peligrosos en aguas grises que estaba en las regulaciones de aguas grises de Arizona.
Haga clic aquí para descargar una copia de las enmiendas adoptadas por el BEI. En la Tabla 1 (a continuación) se proporcionan enlaces a las leyes, reglamentos y directrices de aguas grises de otros estados del suroeste. Las disposiciones de los reglamentos de aguas grises adoptados por el BEI con las de otros Estados del suroeste se comparan en el cuadro 2 (a continuación). Las regulaciones adoptadas por el BEI contienen más requisitos de protección con respecto al uso de aguas grises que las regulaciones de cualquier otro estado del suroeste. La Oficina del Ingeniero Estatal y NMED han desarrollado un folleto sobre la Guía de aguas grises de Nuevo México
Tabla 1. Leyes, Reglamentos y Directrices de Aguas Grises de Otras Agencias Estatales del Suroeste. En el cuadro 2 (infra) figura una comparación de las disposiciones de cada Estado.
State | Graywater Provision |
California | Graywater Standards |
Colorado | Gray Water Systems, VIII.D.1 (graywater systems must meet all design and construction standards for septic tank systems) |
Nevada | System Utilizing Graywater for Underground Irrigation, 444.837 |
Oklahoma | Individual and Small Public On-Site Sewage Disposal Systems (definition of «sewage» includes graywater waste but no specific rules) |
Texas | Treatment and Disposal of Greywater, 285.80 House Bill 2661, Standards for Control of Graywater |
Utah | Proposed Graywater Systems Rule, R317-401 |