¿Qué Me Pasará Si Ayudo o Asisto a un Fugitivo?

Muchos de nosotros hemos enfrentado una situación en la que un familiar o amigo es acusado de un delito grave. Tu primer instinto puede ser ofrecer ayuda. Después de todo, si crees que la persona no es culpable, entonces quieres hacer todo lo que esté en tu poder para ayudarla a evitar un posible tiempo en la cárcel.

Pero hay una diferencia crítica entre ofrecer apoyo moral o legal, como ayudarlos a encontrar un abogado de defensa criminal calificado en el Condado de Collin, y realmente ayudarlos a esconderse de la policía. Tales actos pueden considerarse complicidad con un fugitivo según las leyes de Texas y federales, y en algunos casos puede terminar siendo acusado como cómplice del delito subyacente.

Las leyes Federales y estatales Castigan la «acogida»

En Texas, la ley que penaliza el acto de acoger a un fugitivo se conoce como Obstaculizar la detención o el enjuiciamiento. Esta es una ley estatal muy amplia que podría someter a una persona a cargos penales si alberga, oculta, proporciona o ayuda para proporcionar a una persona los medios para evitar el arresto o la fuga; o incluso advierte a alguien de un descubrimiento o detención inminente. Esta ley podría incluso poner a los padres en problemas legales si la persona que están «albergando» es su propio hijo. Obstaculizar la detención o el procesamiento es un delito menor de Clase A, a menos que se busque a la persona refugiada por un delito grave, en cuyo caso se trata de un Delito Grave de Tercer Grado punible con 2 a 10 años de prisión y una multa de hasta 1 10,000.

Ahora, a nivel federal, hay delitos específicamente enumerados aplicables a los «fugitivos por la justicia».»En este contexto, un «fugitivo» se define normalmente como alguien sujeto a una orden de detención emitida por un tribunal, a diferencia de alguien que simplemente puede ser sospechoso de un delito por la policía. Bajo 18 U. S. C. § 1071, cualquier persona que» alberga u oculta «a una persona para evitar su» descubrimiento y arresto » es culpable de un delito.

Si la presunta ofensa del fugitivo es un delito menor, la pena por albergar a la persona no es de más de 1 año de cárcel. Sin embargo, si el fugitivo es acusado de un delito grave, cualquier persona que lo ayude a evadir el arresto podría enfrentar hasta 5 años de prisión. El juez también puede imponer una multa por una condena de refugio.

Tenga en cuenta que solo porque proporcione ayuda o asistencia a alguien acusado de un delito, eso no significa necesariamente que sea culpable de albergar. El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de los Estados Unidos, que tiene jurisdicción sobre casos penales federales en Texas, ha dicho que albergar requiere que la fiscalía pruebe tres elementos más allá de una duda razonable:

  • el acusado sabía que había una orden de arresto federal pendiente emitida para el fugitivo;
  • el acusado cometió uno o más «actos físicos» diseñados para ayudar al fugitivo a evitar la detección y el arresto; y
  • las acciones del acusado estaban expresamente «destinadas a evitar el descubrimiento del fugitivo.»

El primer y el tercer elemento, el conocimiento de una orden de detención y la intención, son a menudo los más importantes al defenderse de un cargo de refugio. Digamos que tu hermano te pide las llaves de tu coche. No piensas en nada de esto, ya que regularmente toma prestado tu auto. Si luego procede a robar un banco y usa el automóvil para huir de Texas, usted no es culpable de albergar, ya que no sabía que había cometido un delito, y por lo tanto carecía de conocimiento de ninguna orden de arresto, y nunca tuvo la intención de ayudar a evitar su captura por la policía.

En cuanto al segundo elemento, un acto físico, el Quinto Circuito ha dicho que el mero hecho de no revelar la ubicación de un fugitivo o de proporcionar «asistencia financiera» no constituye, en sí mismo, un refugio tal como lo define la ley. Pero si la policía llega a su casa buscando a un fugitivo y lo encierra en el sótano para ocultarlo, eso cumpliría con el requisito de» acto físico».

¿Necesita Asesoramiento De un Abogado Penalista del Condado de Collin?

Los fiscales de Texas a menudo usan la amenaza de albergar o ayudar e instigar cargos para obligar a miembros de la familia o asociados a testificar contra el director. Es por eso que si conoce a alguien que ha sido arrestado o acusado de un delito grave y teme que la fiscalía pueda dirigirse a usted a continuación, es importante buscar asesoramiento de los abogados con experiencia en defensa penal de McKinney en Rosenthal Kalabus & Therrian. Llámenos hoy al (972) 369-0577.

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